La persona ejecutada que haya sido declarado en rebeldía en el juicio principal, seguirá con el mismo carácter en el de tercería; pero si fuere conocido su domicilio, se le notificará el traslado de la demanda.
La persona ejecutada que haya sido declarado en rebeldía en el juicio principal, seguirá
con el mismo carácter en el de tercería; pero si fuere conocido su domicilio, se le notificará el traslado de
la demanda.
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