Las tercerías excluyentes pueden oponerse en todo procedimiento, cualquiera que sea su estado, con tal de que, si son de dominio, no se haya dado posesión de los bienes a quien haya adquirido por remate o a la parte actora, en su caso, por vía de adjudicación, y que, si son de preferencia, no se...
Las tercerías excluyentes pueden oponerse en todo procedimiento, cualquiera que sea
su estado, con tal de que, si son de dominio, no se haya dado posesión de los bienes a quien haya
adquirido por remate o a la parte actora, en su caso, por vía de adjudicación, y que, si son de preferencia,
no se haya hecho el pago al demandante.
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