CNPCF

Artículo 465. Cerrada la etapa de admisión de pruebas, la autoridad...

Cerrada la etapa de admisión de pruebas, la autoridad jurisdiccional dará el uso de la palabra a las partes, a fin de proveer peticiones finales antes de la conclusión de la audiencia.

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Texto Legal

Cerrada la etapa de admisión de pruebas, la autoridad jurisdiccional dará el uso de la
palabra a las partes, a fin de proveer peticiones finales antes de la conclusión de la audiencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 465 del CNPCF?

Cerrada la etapa de admisión de pruebas, la autoridad jurisdiccional dará el uso de la palabra a las partes, a fin de proveer peticiones finales antes de la conclusión de la audiencia.

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