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Artículo 269. Los hechos notorios no necesitan ser probados, y la...

Los hechos notorios no necesitan ser probados, y la autoridad jurisdiccional puede invocarlos, aunque no hayan sido alegados por las partes.

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Texto Legal

Los hechos notorios no necesitan ser probados, y la autoridad jurisdiccional puede
invocarlos, aunque no hayan sido alegados por las partes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 269 del CNPCF?

Los hechos notorios no necesitan ser probados, y la autoridad jurisdiccional puede invocarlos, aunque no hayan sido alegados por las partes.

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