Cualquier subasta que tenga que hacerse de los gravámenes que afecten a los inmuebles vendidos, gastos de la ejecución y demás, se regulará por la autoridad jurisdiccional en forma incidental.
Cualquier subasta que tenga que hacerse de los gravámenes que afecten a los
inmuebles vendidos, gastos de la ejecución y demás, se regulará por la autoridad jurisdiccional en forma
incidental.
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Art. 1098. Si en la tercera subasta se hiciere postura admisible en cuanto al precio, pero
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Art. 1100. Aprobada la subasta se prevendrá a la persona compradora que consigne ante la
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