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Artículo 1086. La persona postora no puede rematar para un tercero, sino con poder y cláusula

La persona postora no puede rematar para un tercero, sino con poder y cláusula especial, quedando prohibido hacer postura, reservándose la facultad de declarar después, el nombre de la persona para quien se hizo.

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Texto Legal

La persona postora no puede rematar para un tercero, sino con poder y cláusula
especial, quedando prohibido hacer postura, reservándose la facultad de declarar después, el nombre de
la persona para quien se hizo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1086 del CNPCF?

La persona postora no puede rematar para un tercero, sino con poder y cláusula especial, quedando prohibido hacer postura, reservándose la facultad de declarar después, el nombre de la persona para quien se hizo.

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