CNPCF

Artículo 1065. Toda venta que legalmente deba practicarse en subasta o almoneda pública, se

Toda venta que legalmente deba practicarse en subasta o almoneda pública, se sujetará a las disposiciones contenidas en este Capítulo, salvo en los casos en que el presente Código Nacional disponga expresamente lo contrario.

libro-novenosubasta

Texto Legal

Toda venta que legalmente deba practicarse en subasta o almoneda pública, se
sujetará a las disposiciones contenidas en este Capítulo, salvo en los casos en que el presente Código
Nacional disponga expresamente lo contrario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1065 del CNPCF?

Toda venta que legalmente deba practicarse en subasta o almoneda pública, se sujetará a las disposiciones contenidas en este Capítulo, salvo en los casos en que el presente Código Nacional disponga expresamente lo contrario.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1065 del CNPCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1065 CNPCF desde tu celular