CP

Artículo 90. Cosa juzgada

Nadie puede ser perseguido dos veces por el mismo hecho punible que ya fue juzgado. Este principio protege los derechos del imputado.

cosa juzgadapersecucionhecho punible

Texto Legal

Cosa Juzgada Nadie puede ser perseguido por segunda vez en razón de un hecho punible sobre el cual se falló definitivamente. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este principio es fundamental para evitar abusos en el sistema judicial, garantizando que un caso no sea reabierto sin justificacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del CP?

Nadie puede ser perseguido dos veces por el mismo hecho punible que ya fue juzgado. Este principio protege los derechos del imputado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la CP?

Este principio es fundamental para evitar abusos en el sistema judicial, garantizando que un caso no sea reabierto sin justificacion.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 90 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 90 CP desde tu celular