CP

Artículo 444. Hurto simple y daño

Este articulo sanciona el hurto simple y el daño a bienes de bajo valor, estableciendo penas de servicios comunitarios o multas. La restitucion del bien sustraido es obligatoria.

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Texto Legal

Hurto simple y daño El que realiza cualquiera de las conductas previstas en los artículos 185 y 205, cuando la acción recae sobre un bien cuyo valor no sobrepase el diez por ciento de una unidad impositiva tributaria (UIT), será reprimido con prestación de servicios comunitarios de cuarenta a ciento veinte jornadas o con sesenta a ciento ochenta días multa, sin perjuicio de la obligación de restituir el bien sustraído o dañado. La misma pena se impone si el agente realiza la conducta prevista en el primer párrafo del artículo 189-A, cuando la acción recae sobre ganado cuyo valor no sobrepasa el diez por ciento de una unidad impositiva tributaria (UIT). Artículo modificado por los siguientes dispositivos: 1. Ley 26326 , publicada el 4 de junio de 1994 (link: lpd.pe/27mVR ). 2. Ley 27939 , publicada el 12 de febrero de 2003 (link: bit.ly/44KEtk5 ). 3. Ley 28726 , publicada el 9 de mayo de 2006 (link: bit.ly/44SEhzn ). 4. Ley 29407 , publicada el 18 de setiembre de 2009 (link: bit.ly/3OfqVGe ). 5. Ley 31787 , publicada el 14 de junio de 2023 (link: bit.ly/3YqFETp ). Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben implementar medidas de seguridad para prevenir hurtos, ya que las sanciones por estos delitos pueden afectar la operacion y reputacion del negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 444 del CP?

Este articulo sanciona el hurto simple y el daño a bienes de bajo valor, estableciendo penas de servicios comunitarios o multas. La restitucion del bien sustraido es obligatoria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 444 de la CP?

Las empresas deben implementar medidas de seguridad para prevenir hurtos, ya que las sanciones por estos delitos pueden afectar la operacion y reputacion del negocio.

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