CP

Artículo 43. Importe del día-multa

El importe del día-multa se determina en función del ingreso diario del condenado, asegurando que la sanción sea proporcional a su capacidad económica.

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Texto Legal

Importe del día-multa El importe del día-multa no podrá ser menor del veinticinco por ciento ni mayor del cincuenta por ciento del ingreso diario del condenado cuando viva exclusivamente de su trabajo. Ver jurisprudencia aquí .

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Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender cómo se calcula el día-multa te ayudará a anticipar el costo total de la multa y a planificar tu presupuesto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del CP?

El importe del día-multa se determina en función del ingreso diario del condenado, asegurando que la sanción sea proporcional a su capacidad económica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la CP?

Entender cómo se calcula el día-multa te ayudará a anticipar el costo total de la multa y a planificar tu presupuesto.

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