CP

Artículo 402. Denuncia calumniosa

Este articulo sanciona a quienes realicen denuncias falsas o adulteren pruebas. Las penas pueden llegar hasta tres años de prisión.

denunciacalumniosapena privativa

Texto Legal

Denuncia calumniosa El que denuncia a la autoridad un hecho punible, a sabiendas de que no se ha cometido o que ha sido cometido por persona distinta a la denunciada, o el que simula o adultera pruebas o indicios de su comisión que puedan servir de motivo para un proceso penal o el que falsamente se atribuye delito no cometido o que ha sido cometido por otro, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa. Cuando la simulación o adulteración directa o indirecta de pruebas o indicios sea efectuada por miembros de la Policía Nacional u otro funcionario o servidor público encargado de la prevención del delito, y que puedan servir de sustento para un proceso penal por tráfico ilícito de drogas, la pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa. Artículo modificado por los siguientes dispositivos: 1. Ley 27225 , publicada el 17 de diciembre de 1999 (link: bit.ly/45drPK5 ). 2. DL 1237 , publicado el 26 de setiembre de 2015 (link: bit.ly/3Qo6bPb ). Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Realizar una denuncia falsa puede resultar en penas de prisión, lo que no solo afecta al denunciado, sino que también socava la confianza en el sistema judicial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 402 del CP?

Este articulo sanciona a quienes realicen denuncias falsas o adulteren pruebas. Las penas pueden llegar hasta tres años de prisión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 402 de la CP?

Realizar una denuncia falsa puede resultar en penas de prisión, lo que no solo afecta al denunciado, sino que también socava la confianza en el sistema judicial.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 402 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 402 CP desde tu celular