CP

Artículo 394. Cohecho pasivo impropio

Se sanciona a funcionarios que aceptan beneficios indebidos sin violar sus obligaciones con penas de hasta ocho años. Este artículo busca regular la ética en la función pública.

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Texto Legal

A Reubicado al artículo 376-A mediante la Ley 28355 , publicada el 6 de octubre de 2004 (link: bit.ly/47j6LUr ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aceptar beneficios sin violar obligaciones puede llevar a sanciones penales, lo que obliga a los funcionarios a mantener una conducta ética en su desempeño.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 394 del CP?

Se sanciona a funcionarios que aceptan beneficios indebidos sin violar sus obligaciones con penas de hasta ocho años. Este artículo busca regular la ética en la función pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 394 de la CP?

Aceptar beneficios sin violar obligaciones puede llevar a sanciones penales, lo que obliga a los funcionarios a mantener una conducta ética en su desempeño.

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