CP

Artículo 342. Actos de autoridad extranjera

Este artículo sanciona la ejecución de actos de autoridad de un país extranjero sin la intervención de la autoridad competente. Es crucial para mantener la soberanía nacional.

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Texto Legal

Ejecución de actos de autoridad extranjera en el territorio nacional El que, prescindiendo de la intervención de la autoridad competente, ejecuta o manda ejecutar actos de autoridad de un país extranjero o de un organismo internacional en el territorio de la República, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años e inhabilitación de uno a tres años conforme al artículo 36, incisos 1 y 2.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Realizar actos sin la debida autorización puede resultar en conflictos legales y poner en riesgo la soberanía del país.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 342 del CP?

Este artículo sanciona la ejecución de actos de autoridad de un país extranjero sin la intervención de la autoridad competente. Es crucial para mantener la soberanía nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 342 de la CP?

Realizar actos sin la debida autorización puede resultar en conflictos legales y poner en riesgo la soberanía del país.

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