CP

Artículo 268. Articulo derogado

Este articulo ha sido sustituido y luego derogado, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido ya no es aplicable.

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Texto Legal

[ Derogado ] Artículo sustituido por el D-L 25859 , publicado el 24 de noviembre de 1992 (link: lpd.pe/pWyq5 ). Luego este artículo fue derogado por el DL 813 , publicado el 20 de abril de 1996 (link: bit.ly/3Qnn0Kh ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La derogacion de este articulo puede ser beneficiosa al reducir la complejidad del marco legal que su empresa debe seguir.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 268 del CP?

Este articulo ha sido sustituido y luego derogado, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido ya no es aplicable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 268 de la CP?

La derogacion de este articulo puede ser beneficiosa al reducir la complejidad del marco legal que su empresa debe seguir.

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