Las disposiciones de este capitulo se aplican no solo a billetes y monedas peruanos, sino tambien a valores de otros paises. Esto amplifica el alcance de las leyes contra la falsificacion.
Aplicación extensiva Las disposiciones de los artículos de este Capítulo se hacen extensivas a los billetes, monedas, valores y títulos valores de otros países. Artículo modificado por los siguientes dispositivos: 1. Ley 26714 , publicada el 27 de diciembre de 1996 (link: bit.ly/44QfRGA ). 2. Ley 27593 , publicada el 13 de diciembre de 2001 (link: bit.ly/3Qvgd1f ).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si su empresa opera internacionalmente, debe estar atenta a las leyes de falsificacion que pueden aplicar a monedas extranjeras, lo que puede generar riesgos legales si no se cumplen.
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