CP

Artículo 220. Formas agravadas de plagio

El articulo 220 establece penas más severas para quienes se atribuyan falsamente derechos de autor o realicen actividades sin autorización. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

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Texto Legal

E.- Etiquetas, carátulas o empaques El que fabrique, comercialice, distribuya, almacene, transporte, transfiera o de otra manera disponga con fines comerciales u otro tipo de ventaja económica etiquetas o carátulas no auténticas adheridas o diseñadas para ser adheridas a un fonograma, copia de un programa de ordenador, documentación o empaque de un programa de ordenador o a la copia de una obra cinematográfica o cualquier otra obra audiovisual, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de seis años y de y de sesenta a ciento veinte días multa. Artículo incorporado por la Ley 29263 , publicada el 2 de octubre de 2008 (link: bit.ly/3Kqdjab ). Luego este artículo fue modificado por la Ley 29316 , publicada el 14 de enero de 2009 (link: bit.ly/44UFd6a ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si su empresa gestiona derechos de autor, debe operar con total transparencia y autorización para evitar sanciones severas por atribuciones indebidas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 220 del CP?

El articulo 220 establece penas más severas para quienes se atribuyan falsamente derechos de autor o realicen actividades sin autorización. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 220 de la CP?

Si su empresa gestiona derechos de autor, debe operar con total transparencia y autorización para evitar sanciones severas por atribuciones indebidas.

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