Se penaliza el uso indebido de archivos que contengan datos personales, especialmente sobre convicciones politicas o religiosas. Las penas varian entre uno y seis años de privacion de libertad.
Uso indebido de archivos computarizados El que, indebidamente, organiza, proporciona o emplea cualquier archivo que tenga datos referentes a las convicciones políticas o religiosas y otros aspectos de la vida íntima de una o más personas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Si el agente es funcionario o servidor público y comete el delito en ejercicio del cargo, la pena será no menor de tres ni mayor de seis años e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 4.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El manejo inadecuado de archivos puede resultar en sanciones severas, especialmente para funcionarios, lo que puede afectar la operatividad de la entidad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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