CFPC

Artículo 61. Autorizacion de actos por secretario judicial

El secretario debe intervenir en todo acto que requiera constancia en autos y autorizarlo con su firma, salvo actos encomendados especialmente a otros funcionarios.

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Texto Legal

En todo acto de que deba dejarse constancia en autos, intervendrá el secretario, y lo autorizará con su firma; hecha excepción de los encomendados a otros funcionarios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La firma del secretario es esencial para validez de actos. Sin autorizacion del secretario, los actos no constan debidamente en expediente. Esta responsabilidad centraliza la documentacion y autenticidad del proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 61 del CFPC?

El secretario debe intervenir en todo acto que requiera constancia en autos y autorizarlo con su firma, salvo actos encomendados especialmente a otros funcionarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 61 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

La firma del secretario es esencial para validez de actos. Sin autorizacion del secretario, los actos no constan debidamente en expediente. Esta responsabilidad centraliza la documentacion y autenticidad del proceso.

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