CFPC

Artículo 572. Documentacion requerida para homologacion

El exhorto para homologacion debe acompanarse de copia autentica de la sentencia, constancias de cumplimiento de condiciones, traducciones al espanol y domicilio del ejecutante.

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Texto Legal

El exhorto del Juez o tribunal requirente deberá acompañarse de la siguiente documentación:

I.- Copia auténtica de la sentencia, laudo o resolución jurisdiccional;

II.- Copia auténtica de las constancias que acrediten que se cumplió con las condiciones previstas en las fracciones IV y V del artículo anterior;

III.- Las traducciones al idioma español que sean necesarias al efecto; y

CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Código Abrogado DOF 07-06-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

IV.- Que el ejecutante haya señalado domicilio para oír notificaciones en el lugar del tribunal de la homologación. Artículo adicionado DOF 12-01-1988

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Prepare con anticipacion todas estas copias autenticas y traducciones certificadas. Un error en la documentacion puede rechazar la demanda sin llegar al fondo. Las traducciones deben ser al espanol y certificadas por traductor autorizado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 572 del CFPC?

El exhorto para homologacion debe acompanarse de copia autentica de la sentencia, constancias de cumplimiento de condiciones, traducciones al espanol y domicilio del ejecutante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 572 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Prepare con anticipacion todas estas copias autenticas y traducciones certificadas. Un error en la documentacion puede rechazar la demanda sin llegar al fondo. Las traducciones deben ser al espanol y certificadas por traductor autorizado.

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