Exhortos en idioma distinto del espanol deben acompanar traduccion. Sin objecion evidente de partes, se estara al texto de la traduccion. Facilita comprension de documentos internacionales.
Todo exhorto internacional que se reciba del extranjero en idioma distinto del español deberá acompañarse de su traducción. Salvo deficiencia evidente u objeción de parte, se estará al texto de la misma. Artículo adicionado DOF 12-01-1988
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La presuncion a favor de la traduccion es conveniente para agilizar procesos. Sin embargo, las partes deben revisar cuidadosamente la calidad de la traduccion y pueden objetar si hay errores sustanciales.
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