En asuntos del orden federal, la cooperacion judicial internacional se rige por este Libro, leyes aplicables, y tratados internacionales de los que Mexico sea parte.
En los asuntos del orden federal, la cooperación judicial internacional se regirá por las disposiciones de este Libro y demás leyes aplicables, salvo lo dispuesto por los tratados y convenciones de los que México sea parte. Artículo adicionado DOF 12-01-1988
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Puerta de entrada al Libro Cuarto: establece jerarquia normativa (Libro, leyes, tratados). Esencial para casos con elemento extranjero. Verificar tratados vigentes pues prevalecen sobre el codigo.
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