En los terminos extraordinarios no se excluyen dias por ningun motivo, incluyendo domingos y festivos. Se cuentan continuamente sin interrupciones.
En el cómputo del término extraordinario no se excluirán días, por ningún motivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta norma refuerza la rigidez temporal: los 2, 4, 6 o 7 meses extraordinarios se cuentan sin pausas. No hay suspension por festivos, dias inhábiles o eventos externos. Recomendamos marcar fechas limite con precision.
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Art. 295. Uso individual del termino extraordinario
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Art. 297. Terminos subsidiarios cuando la ley no los fija
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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