Declara que vencidos los terminos fijados a las partes, se pierde automaticamente el derecho sin necesidad de acuse de rebelda. Establece un principio fundamental de preclucion procesal.
Concluidos los términos fijados a las partes, se tendrá por perdido el derecho que dentro de ellos debió ejercitarse, sin necesidad de acuse de rebeldía. Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este es un articulo critico: la perdida de derechos es automatica y no requiere declaracion judicial expresa. Los abogados deben mantener calendarios rigurosos de vencimientos para evitar perdida irreversible de derechos. No hay segunda oportunidad una vez vencido el termino.
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