CFPC

Artículo 283. Inasistencia en actos judiciales

Requiere que secretario haga constar en autos la razon por la cual no se practico un acto judicial senalado en dia y hora especificos.

actos judicialesinasistenciaconstanciaprocedimiento

Texto Legal

Siempre que deba tener lugar un acto judicial en día y hora señalados, y, por cualquier circunstancia no se efectúe, el secretario hará constar, en los autos, la razón por la cual no se practicó.

CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Código Abrogado DOF 07-06-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Norma sobre documentacion. Revisa los autos para verificar que consten razones de suspensiones; inasistencias sin justificacion podrian afectar validez procesal o permitir reclamos posteriores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 283 del CFPC?

Requiere que secretario haga constar en autos la razon por la cual no se practico un acto judicial senalado en dia y hora especificos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 283 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Norma sobre documentacion. Revisa los autos para verificar que consten razones de suspensiones; inasistencias sin justificacion podrian afectar validez procesal o permitir reclamos posteriores.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 283 del CFPC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 283 CFPC desde tu celular