Establece que audiencias son publicas en todos los tribunales, con excepcion de aquellas que el tribunal considere que deben ser secretas. Los acuerdos sobre secreto son reservados.
Las audiencias serán públicas en todos los tribunales; hecha excepción de las que, a juicio del tribunal, convenga que sean secretas.
El acuerdo será reservado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Balance entre transparencia y confidencialidad. El tribunal tiene discrecion para determinar si audiencia es secreta; documenta si se dicta secreto de plano y los motivos, ya que podria ser motivo de impugnacion por falta de motivacion.
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