CFPC

Artículo 208. Fecha de Escrito Privado como Prueba

Los escritos privados hacen fe de su fecha cuando esta indica un hecho contrario a los intereses de quien lo suscribe, aplicando la regla general de que lo adverso al autor tiene fuerza probatoria.

fecha de documentoescritos privadoshechos adversosprueba

Texto Legal

Los escritos privados hacen fe de su fecha, en cuanto ésta indique un hecho contrario a los intereses de su autor.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aplicacion de principio de prueba adversa: fecha que perjudica a autor presume verdadera, pero si favorece al autor, requiere prueba independiente. Util para establecer cronologia en litigios contractuales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 208 del CFPC?

Los escritos privados hacen fe de su fecha cuando esta indica un hecho contrario a los intereses de quien lo suscribe, aplicando la regla general de que lo adverso al autor tiene fuerza probatoria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 208 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Aplicacion de principio de prueba adversa: fecha que perjudica a autor presume verdadera, pero si favorece al autor, requiere prueba independiente. Util para establecer cronologia en litigios contractuales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 208 del CFPC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 208 CFPC desde tu celular