CFPC

Artículo 132. Traduccion documentos idioma extranjero

Los documentos presentados en idioma extranjero deben ser traducidos, y se da vista a la parte contraria para que en tres dias manifieste conformidad. Si no hay acuerdo, el tribunal designara traductor oficial.

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Texto Legal

De la traducción de los documentos que se presenten en idioma extranjero, se mandará dar vista a la parte contraria, para que, dentro de tres días, manifieste si está conforme. Si lo estuviere o no contestare la vista, se pasará por la traducción; en caso contrario, el tribunal nombrará traductor. Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Disposicion critica para litigios internacionales o con documentacion extranjera. Los tres dias son perentorios para objeciones. Recomendable presentar traducciones de calidad para evitar designacion judicial de traductor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 132 del CFPC?

Los documentos presentados en idioma extranjero deben ser traducidos, y se da vista a la parte contraria para que en tres dias manifieste conformidad. Si no hay acuerdo, el tribunal designara traductor oficial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 132 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Disposicion critica para litigios internacionales o con documentacion extranjera. Los tres dias son perentorios para objeciones. Recomendable presentar traducciones de calidad para evitar designacion judicial de traductor.

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