CC

Artículo 976. Derecho de disfrute

Cada copropietario tiene el derecho de disfrutar del bien común, con la obligación de reembolsar los provechos obtenidos. Este derecho fomenta la equidad entre copropietarios.

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Texto Legal

Derecho de disfrute El derecho de disfrutar corresponde a cada copropietario. Estos están obligados a reembolsarse proporcionalmente los provechos obtenidos del bien. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este derecho te permite beneficiarte del bien compartido, pero debes ser transparente sobre los provechos. Ignorar la obligación de reembolso puede generar desconfianza entre copropietarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 976 del CC?

Cada copropietario tiene el derecho de disfrutar del bien común, con la obligación de reembolsar los provechos obtenidos. Este derecho fomenta la equidad entre copropietarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 976 de la CC?

Este derecho te permite beneficiarte del bien compartido, pero debes ser transparente sobre los provechos. Ignorar la obligación de reembolso puede generar desconfianza entre copropietarios.

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