El propietario no puede impedir actos que eviten o conjuren un peligro en propiedades vecinas, pero tiene derecho a ser indemnizado por daños causados.
Actos para evitar peligro de propiedades vecinas El propietario no puede impedir que en su predio se ejecuten actos para servicios provisorios de las propiedades vecinas, que eviten o conjuren un peligro actual o inminente, pero se le indemnizará por los daños y perjuicios causados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo protege a los vecinos de situaciones peligrosas, pero también implica que los propietarios deben estar preparados para posibles indemnizaciones.
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