CC

Artículo 798. Revocación del testamento

El testador tiene el derecho de revocar sus disposiciones testamentarias en cualquier momento, asegurando su autonomía sobre la herencia. Cualquier declaración contraria carece de valor.

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Texto Legal

Revocación del testamento El testador tiene el derecho de revocar, en cualquier tiempo, sus disposiciones testamentarias. Toda declaración que haga en contrario carece de valor. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los herederos deben estar conscientes de que el testador puede cambiar su voluntad en cualquier momento, lo que puede afectar sus expectativas sobre la herencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 798 del CC?

El testador tiene el derecho de revocar sus disposiciones testamentarias en cualquier momento, asegurando su autonomía sobre la herencia. Cualquier declaración contraria carece de valor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 798 de la CC?

Los herederos deben estar conscientes de que el testador puede cambiar su voluntad en cualquier momento, lo que puede afectar sus expectativas sobre la herencia.

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