CC

Artículo 763. Legado para fines sociales

Los legados a favor de fines sociales, culturales o religiosos son validos y deben ser entregados por el heredero segun las indicaciones del testador.

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Texto Legal

Legado para fines sociales, culturales y religiosos Son válidos los legados hechos en favor de los pobres o para fines culturales o religiosos, que serán entregados por el heredero a quienes indique el testador. A falta de indicación, los primeros serán entregados a la Beneficencia Pública; los segundos al Instituto Nacional de Cultura o a los organismos que hagan sus veces en uno u otro caso; y los terceros, a la autoridad competente de la religión que profesaba el testador.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo permite a los testadores dejar un legado con impacto social, lo que puede ser un aspecto importante de su planificacion patrimonial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 763 del CC?

Los legados a favor de fines sociales, culturales o religiosos son validos y deben ser entregados por el heredero segun las indicaciones del testador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 763 de la CC?

Este articulo permite a los testadores dejar un legado con impacto social, lo que puede ser un aspecto importante de su planificacion patrimonial.

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