CC

Artículo 744. Causales de desheredación

Se enumeran las causales específicas para desheredar a los descendientes, como maltrato o abandono. Esto establece un marco legal claro para la desheredación.

desheredacióndescendientescausales

Texto Legal

Causales de desheredación de descendientes Son causales de desheredación de los descendientes: 1. Haber maltratado de obra o injuriado grave y reiteradamente al ascendiente o a su cónyuge, si éste es también ascendiente del ofensor. 2. Haberle negado sin motivo justificado los alimentos o haber abandonado al ascendiente encontrándose éste gravemente enfermo o sin poder valerse por sí mismo. 3. Haberle privado de su libertad injustificadamente. 4. Llevar el descendiente una vida deshonrosa o inmoral. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los ascendientes conozcan estas causales para fundamentar adecuadamente su decisión de desheredar a un descendiente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 744 del CC?

Se enumeran las causales específicas para desheredar a los descendientes, como maltrato o abandono. Esto establece un marco legal claro para la desheredación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 744 de la CC?

Es importante que los ascendientes conozcan estas causales para fundamentar adecuadamente su decisión de desheredar a un descendiente.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 744 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 744 CC desde tu celular