CC

Artículo 727. Libre disposicion total de bienes

El que no tiene cónyuge ni parientes de los indicados en los artículos anteriores tiene la libre disposición de la totalidad de sus bienes. Este artículo otorga plena libertad patrimonial.

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Texto Legal

Libre disposición de la totalidad de los bienes El que no tiene cónyuge ni parientes de los indicados en los artículos 725 y 726, tiene la libre disposición de la totalidad de sus bienes. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El testador tiene libertad total, pero debe considerar las implicaciones fiscales y de sucesión que pueden surgir al no tener herederos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 727 del CC?

El que no tiene cónyuge ni parientes de los indicados en los artículos anteriores tiene la libre disposición de la totalidad de sus bienes. Este artículo otorga plena libertad patrimonial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 727 de la CC?

El testador tiene libertad total, pero debe considerar las implicaciones fiscales y de sucesión que pueden surgir al no tener herederos.

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