CC

Artículo 705. Personas impedidas de ser testigos testamentarios

Se enumeran las personas que no pueden ser testigos testamentarios, incluyendo herederos, legatarios y parientes cercanos del testador.

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Texto Legal

Personas impedidas de ser testigos testamentarios Están impedidos de ser testigos testamentarios: 1. Los que son incapaces de otorgar testamento. 2. [ Derogado ] 3. Los analfabetos. 4. Los herederos y los legatarios en el testamento en que son instituidos y sus cónyuges, ascendientes, descendientes y hermanos. 5. Los que tienen con el testador los vínculos de relación familiar indicados en el inciso anterior. 6. Los acreedores del testador, cuando no pueden justificar su crédito sino con la declaración testamentaria. 7. El cónyuge y los parientes del notario, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, y los dependientes del notario o de otros notarios. 8. Los cónyuges en un mismo testamento. Artículo modificado por la Ley 29973 , publicada el 24 de diciembre de 2012 (link: lpd.pe/26vbb ). Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegurarse de que los testigos sean hábiles es crucial para la validez del testamento. La presencia de testigos impedidos puede llevar a la nulidad del documento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 705 del CC?

Se enumeran las personas que no pueden ser testigos testamentarios, incluyendo herederos, legatarios y parientes cercanos del testador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 705 de la CC?

Asegurarse de que los testigos sean hábiles es crucial para la validez del testamento. La presencia de testigos impedidos puede llevar a la nulidad del documento.

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