El juez procederá a abrir el testamento cerrado con la citación de las partes interesadas, siguiendo el Código de Procedimientos Civiles.
Apertura de testamento cerrado Presentado el testamento cerrado, el juez, con citación de las personas indicadas en el artículo 701, procederá de conformidad con el Código de Procedimientos Civiles.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La apertura del testamento debe ser manejada con cuidado para asegurar que todos los interesados estén presentes. Cualquier error puede llevar a impugnaciones.
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Art. 701. Custodia y presentación judicial de testamento cerrado
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