CC

Artículo 653. Sanción a Juez de Paz por incumplimiento de funciones

El juez de paz puede ser sancionado por incumplimientos en sus funciones relacionadas con el consejo de familia, lo que asegura que cumpla con sus responsabilidades.

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Texto Legal

Sanción a Juez de Paz por incumplimiento de funciones Por falta, impedimento u omisión del juez de paz en todo lo relativo a las atribuciones que le corresponden respecto del consejo de familia, cualquiera de los parientes del menor, del mayor incapaz o del ausente, puede pedir al juez de primera instancia que el mismo desempeñe esas funciones o que designe al juez de paz que deba hacerlo. El juez, sin otro trámite que el informe del juez de paz, removerá de inmediato todo inconveniente y le impondrá a éste, según las circunstancias, una multa equivalente a no más del treinta por ciento del sueldo mínimo vital mensual. La remoción de inconvenientes e imposición de multa corresponden a la Sala Civil de la Corte Superior cuando se trate del juez de menores. En ambos casos, la multa no exime de responsabilidad funcional al juez negligente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sanciones al juez de paz son un mecanismo de control que garantiza que se tomen en serio sus funciones, protegiendo así los derechos del menor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 653 del CC?

El juez de paz puede ser sancionado por incumplimientos en sus funciones relacionadas con el consejo de familia, lo que asegura que cumpla con sus responsabilidades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 653 de la CC?

Las sanciones al juez de paz son un mecanismo de control que garantiza que se tomen en serio sus funciones, protegiendo así los derechos del menor.

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