El juez convoca al consejo a solicitud de los miembros o cuando lo considere necesario, asegurando que se actúe en el interés del menor o incapaz. Esto permite una respuesta ágil a situaciones críticas.
Convocatoria del Consejo El juez convocará al consejo a solicitud del tutor, del curador, o de cualquiera de sus miembros, y cada vez que, a su juicio, el interés del menor o del incapaz lo exija.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La capacidad del juez para convocar al consejo es esencial para reaccionar rápidamente ante situaciones que requieran atención inmediata en favor del menor.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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