Este articulo prohíbe a personas declaradas interdictas realizar actos que no sean de mera administración de su patrimonio. Esto protege sus bienes de decisiones perjudiciales.
Actos prohibidos al interdicto El pródigo, el mal gestor, el ebrio habitual y el toxicómano no pueden litigar ni practicar actos que no sean de mera administración de su patrimonio, sin asentimiento especial del curador. El juez, al instituir la curatela, puede limitar también la capacidad del interdicto en cuanto a determinados actos de administración.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de esta norma puede llevar a la invalidación de actos patrimoniales, lo que puede complicar la situación financiera del interdicto y de su familia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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