CC

Artículo 563. Tutor oficioso

La persona que actúa como tutor oficioso es responsable como si fuera tutor legal, y puede ser requerido por el Ministerio Público. Esto asegura que los menores tengan un responsable en su tutela.

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Texto Legal

Tutor oficioso La persona que se encargue de los negocios de un menor, será responsable como si fuera tutor. Esta responsabilidad puede serle exigida por el Ministerio Público, de oficio o a pedido de cualquier persona. El juez, a solicitud del Ministerio Público, puede ordenar que se regularice la tutela. Si ello no fuera posible, dispondrá que el tutor oficioso asuma el cargo como dativo. Capítulo segundo: Curatela

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La figura del tutor oficioso garantiza que siempre haya alguien que responda por el menor, lo que es fundamental en situaciones donde no hay un tutor legal disponible.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 563 del CC?

La persona que actúa como tutor oficioso es responsable como si fuera tutor legal, y puede ser requerido por el Ministerio Público. Esto asegura que los menores tengan un responsable en su tutela.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 563 de la CC?

La figura del tutor oficioso garantiza que siempre haya alguien que responda por el menor, lo que es fundamental en situaciones donde no hay un tutor legal disponible.

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