CC

Artículo 533. Intervencion del menor en autorizaciones

Cuando el menor tiene dieciséis años, debe ser oído por el juez antes de que se otorgue autorización judicial para ciertos actos, fortaleciendo su voz en el proceso.

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Texto Legal

Intervención del menor para actos que requieren autorización judicial En los casos de los artículos 531 y 532, cuando el menor tenga dieciséis años cumplidos, si fuera posible, el juez deberá oírlo antes de prestar su autorización.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este derecho de intervención puede cambiar la dinámica entre el tutor y el menor, ya que el menor puede expresar su opinión sobre decisiones que le afectan.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 533 del CC?

Cuando el menor tiene dieciséis años, debe ser oído por el juez antes de que se otorgue autorización judicial para ciertos actos, fortaleciendo su voz en el proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 533 de la CC?

Este derecho de intervención puede cambiar la dinámica entre el tutor y el menor, ya que el menor puede expresar su opinión sobre decisiones que le afectan.

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