Los funcionarios públicos están domiciliados donde ejercen sus funciones, lo que afecta su situación legal y fiscal.
Domicilio de funcionarios públicos Los funcionarios públicos están domiciliados en el lugar donde ejercen sus funciones, sin perjuicio, en su caso, de lo dispuesto en el artículo 33. El domicilio de las personas que residen temporalmente en el extranjero, en ejercicio de funciones del Estado o por otras causas, es el último que hayan tenido en el territorio nacional. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para los funcionarios públicos, es esencial mantener actualizada su información de domicilio para evitar problemas en el cumplimiento de sus obligaciones legales y fiscales.
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