Se puede designar un domicilio especial para la ejecución de actos jurídicos, lo que implica un sometimiento a la competencia territorial correspondiente.
Domicilio especial Se puede designar domicilio especial para la ejecución de actos jurídicos. Esta designación sólo implica sometimiento a la competencia territorial correspondiente, salvo pacto distinto. Artículo modificado por la Primera Disposición Modificatoria del DL 768 , Código Procesal Civil. El CPC fue publicado el 4 de marzo de 1992 (link: lpd.pe/k6eBx ). Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Designar un domicilio especial puede facilitar la realización de actos jurídicos, pero es esencial que todos los involucrados estén informados para evitar conflictos sobre la jurisdicción.
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