CC

Artículo 32. Protección del seudónimo

El seudónimo goza de la misma protección jurídica que el nombre, siempre que adquiera relevancia. Esto protege la identidad de quienes utilizan seudónimos en diversas actividades.

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Texto Legal

Protección jurídica del seudónimo El seudónimo, cuando adquiere la importancia del nombre, goza de la misma protección jurídica dispensada a éste. Ver jurisprudencia aquí . Título IV: Domicilio

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si utilizas un seudónimo en tu actividad profesional o artística, asegúrate de que esté protegido legalmente para evitar que otros lo usen sin tu consentimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del CC?

El seudónimo goza de la misma protección jurídica que el nombre, siempre que adquiera relevancia. Esto protege la identidad de quienes utilizan seudónimos en diversas actividades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la CC?

Si utilizas un seudónimo en tu actividad profesional o artística, asegúrate de que esté protegido legalmente para evitar que otros lo usen sin tu consentimiento.

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