CC

Artículo 262. Matrimonio en comunidades campesinas

El matrimonio civil puede celebrarse en comunidades campesinas ante un comité especial. Se establece un procedimiento específico para estas celebraciones.

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Texto Legal

Celebración del matrimonio en comunidades campesinas y nativas El matrimonio civil puede tramitarse y celebrarse también en las comunidades campesinas y nativas, ante un comité especial constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquía de la respectiva comunidad. La presidencia del comité recae en uno de los directivos de mayor jerarquía de la comunidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si perteneces a una comunidad campesina, es importante seguir el procedimiento establecido para asegurar que el matrimonio sea válido. La falta de cumplimiento podría generar problemas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 262 del CC?

El matrimonio civil puede celebrarse en comunidades campesinas ante un comité especial. Se establece un procedimiento específico para estas celebraciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 262 de la CC?

Si perteneces a una comunidad campesina, es importante seguir el procedimiento establecido para asegurar que el matrimonio sea válido. La falta de cumplimiento podría generar problemas legales.

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