CC

Artículo 196. Onerosidad de las garantias

Las garantias son consideradas actos a titulo oneroso si son anteriores o simultaneas al credito garantizado. Esto implica que, incluso por deudas ajenas, se les da un tratamiento especial en la ley.

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Texto Legal

Onerosidad de las garantías Para los efectos del artículo 195, se considera que las garantías, aún por deudas ajenas, son actos a título oneroso si ellas son anteriores o simultáneas con el crédito garantizado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se considera la onerosidad de las garantias, podrías enfrentar problemas en la ejecución de derechos sobre bienes, afectando la recuperacion de deudas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 196 del CC?

Las garantias son consideradas actos a titulo oneroso si son anteriores o simultaneas al credito garantizado. Esto implica que, incluso por deudas ajenas, se les da un tratamiento especial en la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 196 de la CC?

Si no se considera la onerosidad de las garantias, podrías enfrentar problemas en la ejecución de derechos sobre bienes, afectando la recuperacion de deudas.

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