La ley puede imponer formas que no sancionan con nulidad su inobservancia, sirviendo solo como medio de prueba. Esto afecta la validez de los actos juridicos.
Forma ad probationem y ad solemnitatem Cuando la ley impone una forma y no sanciona con nulidad su inobservancia, constituye sólo un medio de prueba de la existencia del acto. Ver jurisprudencia aquí . Título III: Representación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer las diferencias entre formas ad probationem y ad solemnitatem ayuda a las partes a elegir adecuadamente el tipo de formalidad necesaria para sus actos juridicos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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