CC

Artículo 1110. Cumplimiento anticipado de la obligación

Si los bienes hipotecados se deterioran, se puede exigir el cumplimiento anticipado de la obligación. Esto protege al acreedor ante la disminución del valor de la garantía.

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Texto Legal

Cumplimiento anticipado de la obligación Si los bienes hipotecados se pierden o deterioran de modo que resulten insuficientes, puede pedirse el cumplimiento de la obligación aunque no esté vencido el plazo, salvo que se garantice ésta a satisfacción del acreedor.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si eres deudor, ten en cuenta que el deterioro de los bienes puede acelerar la exigencia de pago, por lo que es crucial mantener los bienes en buen estado para evitar sorpresas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1110 del CC?

Si los bienes hipotecados se deterioran, se puede exigir el cumplimiento anticipado de la obligación. Esto protege al acreedor ante la disminución del valor de la garantía.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1110 de la CC?

Si eres deudor, ten en cuenta que el deterioro de los bienes puede acelerar la exigencia de pago, por lo que es crucial mantener los bienes en buen estado para evitar sorpresas.

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